Este año 18 estados, aparte de elecciones a Diputaciones federales y locales, también tendrán elecciones para Ayuntamientos y Jefaturas delegacionales, en el caso del Distrito Federal.
Participaron en la investigación:
Diseño Metodológico y Extracto en Materia de Género: Ángel Ruíz
Investigación y Herramientas de Acceso a la Información: Rubén López
Diseño de la APMG y Análisis de Contenido: Nancy Mejía, Brando Flores
Visualización de Información: VozvsData.org
En nueve de las 18 entidades (Baja California Sur, Tabasco, Estado de México, Guerrero, Nuevo León, Durango, Querétaro, Morelos y Sonora), mujeres han impugnado el registro de candidaturas para estos cargos en los respectivos Órganos Electorales Locales.
De ahí la discusión saltó a las salas regionales del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) bajo el argumento de que se debía garantizar el 50/50 para una igualdad real en el acceso a todos los puestos de elección popular.
Estas Salas Regionales han dictado sentencia a favor de la paridad horizontal (es decir que se aplique también en los cargos a Ayuntamientos). Sin embargo, tres de esas nueve entidades la aplicarán hasta el siguiente proceso electoral por considerar que, de suspender campañas, se fallaría al principio de ‘certeza jurídica’ y derecho a la ‘auto organización de los partidos’, en tanto que ya están iniciadas las campañas.
La excepción es Tabasco, entidad en la cual la Sala Regional instruyó a los partidos cumplir con la paridad de género, lo que obligó al Instituto Electoral de Participación Ciudadana (IEPC) a suspender las campañas para reponer candidaturas de mujeres y alcanzar la paridad horizontal.
En este contexto, resultará vital la participación de la ciudadanía para vigilar el cumplimiento y avance de la igualdad sustantiva a la que están obligados no solo los partidos políticos, sino todos los órdenes de gobierno.
Detalle de impugnaciones por estado
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Morelos La Sala Regional DF al resolver diversos juicios de revisión constitucional promovidos por el Partido Acción Nacional, el Partido Socialdemócrata de Morelos y el Partido de la Revolución Democrática, para controvertir la sentencia del Tribunal Electoral de Morelos que confirmó el acuerdo del Consejo Estatal Electoral del Instituto Morelense de Procesos Electorales y Participación Ciudadana, relativo al criterio para la aplicación de la paridad de género en la integración de planillas de candidatos a Presidente Municipal y Síndico Propietario y Suplentes para esa entidad, resolvió la acumulación de dichos juicios y determinó que es obligatorio aplicar el principio de paridad de forma vertical incluyendo al Presidente Municipal y Síndico y horizontal respecto al total de candidatos a presidentes municipales postulados en la entidad, lo que es adecuado, proporcional y tendente a la igualdad de oportunidades en el acceso y ejercicio a los cargos que componen los ayuntamientos de Morelos, que en los 33 que conforman esa entidad federativa, se exija la postulación de hombres y mujeres en las presidencias municipales de manera paritaria. |
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Baja California Sur El Pleno de la Sala Regional Guadalajara por unanimidad de votos, revocó el acuerdo impugnado, toda vez que conforme a los derechos humanos reconocidos constitucional y convencionalmente, la paridad de género no sólo debe ser vertical sino también horizontal o transversal atendiendo al contexto de la entidad federativa en su totalidad, en términos de progresión de los derechos, con miras a una integración final equilibrada en términos de presencia de ambos géneros. |
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Tabasco La Sala Regional del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) ordenó a partidos en Tabasco cumplir con la cuota de género en sus candidaturas, lo cual orilló ayer al Instituto Electoral y de Participación Ciudadana a suspender campañas. Seis de los nueve partidos políticos con registro deberán de relevar al menos 40 candidatos a las alcaldías, garantizando la equidad de género. |
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Estado de México El Estado de México deberá cumplir con la equidad de género horizontal, es decir, las mujeres tienen derecho a ocupar el 50 por ciento de las candidaturas a Presidencias Municipales, sin embargo esto será aplicable hasta la elección de 2018, resolvió este miércoles la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación. |
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Guerrero El Consejo General del Instituto Electoral y de Participación Ciudadana de Guerrero (IEPC) aprobó modificar un acuerdo que obliga a los partidos a postular a por lo menos 40 mujeres de las 81 alcaldías que estarán en juego el próximo 7 de junio, para cumplir con la paridad de género. La modificación se realizó en acatamiento al Tribunal Electoral de Guerrero. |
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Querétaro El Consejo General del Instituto Electoral del Estado de Querétaro (IEEQ) determinó que los 10 partidos que participarán en los comicios del 7 de junio tienen cinco días naturales para cumplir con las reglas de paridad de género que implican nombrar a nueve hombres y nueve mujeress a las 18 presidencias municipales. |
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Nuevo León Sí paridad horizontal, pero no ahora. La la Sala Superior confirmó la validez de los registros de las candidaturas a las presidencias municipales en Nuevo León, al considerar que en este caso, la aplicación del criterio horizontal no puede ser jurídicamente admitido en este momento, ya que debido al avance del proceso electoral, atentaría contra los principios de seguridad y certeza jurídica. |
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Durango Este año no hay elecciones para renovar alcaldías, por lo que paridad horizontal aplicará hasta el siguiente proceso electoral. |
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Sonora Sala Superior del TEPJF confirmó el acuerdo emitido por el Instituto Estatal Electoral y de Participación Ciudadana de Sonora, mediante el cual se aprobó el criterio de aplicación de la paridad y alternancia de género en las solicitudes de registro de candidatos a diputados por el principio de mayoría relativa, así como de representación proporcional y planillas de ayuntamientos para la elección ordinaria 2014-2015. |